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La gestión de la IT en FREMAP tiene un triple enfoque
Para el estudio de las causas de las ausencias por motivo de salud, se pone a disposición de las empresas informes e indicadores sobre incapacidad temporal por contingencias profesionales y comunes, con información numérica y gráfica sobre la evolución mensual y anual de estos índices y todo ello en comparativa con el sector al que pertenece cada organización.
En estos informes se ofrece a la empresa un análisis de su incapacidad temporal en base a:
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Los informes disponibles para las empresas son los siguientes:
Estos informes muestran la evolución mensual y anual del absentismo por contingencia profesional (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) en comparativa entre el ejercicio actual y/o los dos anteriores y con el sector al que pertenece la empresa.
Todos estos informes se pueden obtener directamente, a través la aplicación "FREMAP ON LINE
FREMAP realiza un seguimiento interno de los indicadores de gestión de la IT de cada empresa asociada.- citaciones realizadas, consultas médicas , días de demora de asistencia, número de intervenciones quirúrgicas realizadas, tratamientos de rehabilitación realizados, propuestas de alta realizadas y favorables .- al objeto de poder establecer las medidas correctoras oportunas en función de la evolución de los mismos con el objetivo de mejorar la salud de los trabajadores.Estos informes se ponen a disposición de las empresas.
En la gestión de la incapacidad temporal se realizan las siguientes acciones:
FREMAP desarrolla su gestión de la Incapacidad Temporal de las empresas en las siguientes coberturas:
En régimen general es toda la lesión corporal que sufre el trabajador por ocasión o consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena (R.D. Legislativo 8/2015, de 30 de octubre – articulo 156 - )
Acude a uno de los más de 200 centros que FREMAP tiene a nivel nacional, donde se le atenderá médicamente de sus dolencias. Si éstas le impiden desarrollar su actividad laboral y necesita tratamiento médico, los Servicios Médicos de FREMAP emiten una baja médica y se comunica inmediatamente a la empresa para que envíe, el preceptivo parte de Accidente de Trabajo en el plazo reglamentario de 5 días hábiles a través del sistema Delt@ del MEYSS.
Enlace: Ir a la web del Sistema Delt@
Desde FREMAP se realiza todo el tratamiento médico y/o quirúrgico, prueba diagnóstica, tratamiento rehabilitador, consultas con especialistas, desde la emisión de la baja médica hasta la emisión del alta médica para reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo. Cada trabajador tendrá un Médico Responsable, que coordinará la totalidad de su tratamiento, cuando intervienen varios especialistas médicos.
Desde FREMAP se propone ante a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social una propuesta de incapacidad. Además se ofrece a los trabajadores un programa individualizado de orientación y formación profesional, al objeto de promover su integración laboral, denominado readaptación profesional.
En el Régimen General se define como aquella que es contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro (R.D. 1299/2006, de 10 de Noviembre ) que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley General de Seguridad Social (R.D. Legislativo 8/2015, de 30 de octubre – TRLGSS ) y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
La entidad de Cobertura del riesgo profesional será quien, una vez diagnosticada la enfermedad profesional, deberá comunicarla a través del parte de enfermedad profesional electrónico, mediante la aplicación informática que se denomina CEPROSS (RD. 1299/2006, de 10 de Noviembre ).
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social será la responsable de la administración del sistema CEPROSS.
Desde FREMAP se realiza el tratamiento médico, quirúrgico y rehabilitador desde la emisión de la baja médica hasta el alta médica.
Se considerarán situaciones determinantes de incapacidad temporal por contingencia común las debidas a enfermedad común y accidente no laboral, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria y esté incapacitado para el trabajo.
Dentro del marco normativo del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social que regula, entre otros aspectos la gestión por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, en FREMAP, nuestra colaboración- una vez que los Servicios Públicos de Salud emiten la baja médica- se centra en el seguimiento médico y diagnóstico rápido, realizando pruebas y/o exploraciones complementarias o bien adelantando las mismas en caso de que el trabajador estuviese en una lista de espera para que el tratamiento médico se aplique de inmediato y facilite la pronta reincorporación a su puesto de trabajo en condiciones de plena aptitud realizando las siguientes actuaciones:
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