Fases en la Gestión Incapacidad temporal

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La gestión de la IT en FREMAP tiene un triple enfoque

Diagnóstico inicial de la situación de la empresa

Para el estudio de las causas de las ausencias por motivo de salud, se pone a disposición de las empresas informes e indicadores sobre incapacidad temporal por contingencias profesionales y comunes, con información numérica y gráfica sobre la evolución mensual y anual de estos índices y todo ello en comparativa con el sector al que pertenece cada organización.

En estos informes se ofrece a la empresa un análisis de su incapacidad temporal en base a:

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  • Las variables estadísticas de: edad, género, tipo de contrato, estacionalidad de las bajas, porcentaje de patologías más habituales en la empresa por especialidad médica.
  • Indicadores por incapacidad temporal más habituales: índice de incapacidad temporal, índice de incidencia, índice de frecuencia, índice de porcentaje de pendientes de alta.
  • Comparativas con el sector y zona geográfica a la que pertenecen las empresas: Teniendo en cuenta la muestra estadística de FREMAP (3.800 .000 trabajadores protegidos) permite hacer comparativas de gran relevancia para las empresas.
  • Informes de estimación de costes de incapacidad temporal : con los que las Las empresas podrán cuantificar los costes directos e indirectos que le suponen las bajas por contingencia profesional y común.

Informes e Indicadores de Gestión:

Los informes disponibles para las empresas son los siguientes:

En Contingencia Profesional
Informes de accidentabilidad
  • Evolución mensual del Índice de Incidencia y comparación con años anteriores y con el sector de actividad.
  • Porcentaje de evolución de los trabajadores pendientes de alta médica en el período seleccionado.
  • Distribución estadística en función de las siguientes variables: género, edad, antigüedad, lugar del accidente, hora de la jornada, día de la semana, forma de ocurrencia, región anatómica, agente material, tipo contrato, antigüedad en el puesto , código de ocupación , hora del día, trabajo habitual, tipo de lugar y tipo de trabajo.
  • La descripción de los expedientes registrados de accidentes con baja, sin baja y de enfermedad profesional, en el que se incluye la información detallada que figura en los modelos de declaración de los mismos (Delt@ y CEPROSS).
  • Obtención del informe y acceso directo a los datos de accidentalidad, a través del servicio "FREMAP ON LINE".
Informes de incapacidad temporal contingencia profesional

Estos informes muestran la evolución mensual y anual del absentismo por contingencia profesional (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) en comparativa entre el ejercicio actual y/o los dos anteriores y con el sector al que pertenece la empresa.

En Contingencia Común:
Informes de Incapacidad temporal por Contingencia Común
  • Evolución mensual y anual del índice de incapacidad por contingencia común todo ello en comparativa entre el ejercicio actual y/o los dos anteriores y con el sector al que pertenece la empresa.
  • Porcentaje de evolución de los trabajadores pendientes de alta médica en el período seleccionado.
  • Distribución estadística en función de las siguientes variables: de género, edad, tipo de contrato, estacionalidad de la baja (mes y día de la semana) y especialidad médica.

Todos estos informes se pueden obtener directamente, a través la aplicación "FREMAP ON LINE Este enlace se abrirá en una ventana emergente

Informes e indicadores internos

FREMAP realiza un seguimiento interno de los indicadores de gestión de la IT de cada empresa asociada.- citaciones realizadas, consultas médicas , días de demora de asistencia, número de intervenciones quirúrgicas realizadas, tratamientos de rehabilitación realizados, propuestas de alta realizadas y favorables .- al objeto de poder establecer las medidas correctoras oportunas en función de la evolución de los mismos con el objetivo de mejorar la salud de los trabajadores.Estos informes se ponen a disposición de las empresas.

Propuesta de soluciones

En la gestión de la incapacidad temporal se realizan las siguientes acciones:

Gestionar

FREMAP desarrolla su gestión de la Incapacidad Temporal de las empresas en las siguientes coberturas:

Accidente de Trabajo

En régimen general es toda la lesión corporal que sufre el trabajador por ocasión o consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena (R.D. Legislativo 8/2015, de 30 de octubre – articulo 156 - en pdfEste enlace se abrirá en una ventana emergente)

Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo

Acude a uno de los más de 200 centros que FREMAP tiene a nivel nacional, donde se le atenderá médicamente de sus dolencias. Si éstas le impiden desarrollar su actividad laboral y necesita tratamiento médico, los Servicios Médicos de FREMAP emiten una baja médica y se comunica inmediatamente a la empresa para que envíe, el preceptivo parte de Accidente de Trabajo en el plazo reglamentario de 5 días hábiles a través del sistema Delt@ del MEYSS.

Enlace: Ir a la web del Sistema Delt@ Este enlace se abrirá en una ventana emergente

Si el trabajador causa baja médica

Desde FREMAP se realiza todo el tratamiento médico y/o quirúrgico, prueba diagnóstica, tratamiento rehabilitador, consultas con especialistas, desde la emisión de la baja médica hasta la emisión del alta médica para reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo. Cada trabajador tendrá un Médico Responsable, que coordinará la totalidad de su tratamiento, cuando intervienen varios especialistas médicos.

Si el trabajador, tras el tratamiento recibido no esté capacitado para su reincorporación a su puesto de trabajo habitual

Desde FREMAP se propone ante a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social una propuesta de incapacidad. Además se ofrece a los trabajadores un programa individualizado de orientación y formación profesional, al objeto de promover su integración laboral, denominado readaptación profesional.Este enlace se abrirá en una ventana emergente

Enfermedad Profesional

En el Régimen General se define como aquella que es contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro (R.D. 1299/2006, de 10 de Noviembre en pdfEste enlace se abrirá en una ventana emergente) que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley General de Seguridad Social (R.D. Legislativo 8/2015, de 30 de octubre – TRLGSS en pdfEste enlace se abrirá en una ventana emergente) y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

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La entidad de Cobertura del riesgo profesional será quien, una vez diagnosticada la enfermedad profesional, deberá comunicarla a través del parte de enfermedad profesional electrónico, mediante la aplicación informática que se denomina CEPROSS (RD. 1299/2006, de 10 de Noviembre en pdfEste enlace se abrirá en una ventana emergente).

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social será la responsable de la administración del sistema CEPROSS.

Desde FREMAP se realiza el tratamiento médico, quirúrgico y rehabilitador desde la emisión de la baja médica hasta el alta médica.

Contingencias Comunes:

Se considerarán situaciones determinantes de incapacidad temporal por contingencia común las debidas a enfermedad común y accidente no laboral, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria y esté incapacitado para el trabajo.

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Dentro del marco normativo del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en pdfEste enlace se abrirá en una ventana emergente que regula, entre otros aspectos la gestión por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, en FREMAP, nuestra colaboración- una vez que los Servicios Públicos de Salud emiten la baja médica- se centra en el seguimiento médico y diagnóstico rápido, realizando pruebas y/o exploraciones complementarias o bien adelantando las mismas en caso de que el trabajador estuviese en una lista de espera para que el tratamiento médico se aplique de inmediato y facilite la pronta reincorporación a su puesto de trabajo en condiciones de plena aptitud realizando las siguientes actuaciones:

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  • El Interlocutor único realiza el registro inmediato de la baja médica tras la recepción vía ITRED.
  • El Interlocutor único realiza el reconocimiento del derecho al subsidio de Incapacidad Temporal, así como de denegación, extinción y/o suspensión de la prestación económica en base al control de garantías realizado.
  • El personal de enfermería de FREMAP contactará una vez recibida la baja médica con el trabajador de forma telefónica. FREMAP dispone de un Protocolo de actuación del Servicio de Enfermería, homogéneo a nivel nacional y adaptado al cumplimiento de la L.O.P.D.
  • Si el personal de enfermería, tras el contacto con el paciente, considera que no es necesario que acuda a consulta, Ver más:
    solicitará informe médico al trabajador para acreditar el motivo de la baja. Entonces, el Servicio Médico de FREMAP realizará un seguimiento telefónico periódico para que, en función del estado y evolución del paciente, se le pueda ofrecer el tipo de ayuda que precise. Si el personal de enfermería, tras el contacto con el paciente, entiende que puede acudir a FREMAP, se procede a su citación a consulta en el centro asistencial más cercano a su domicilio. Si no se dispone de teléfono o el trabajador no es localizado, se le citará mediante carta ordinaria o burofax.
  • Citación Servicios Médicos de FREMAP: Una vez que el personal sanitario contacta con el trabajador, si la patología lo posibilita, se le citará a los Servicios Médicos de FREMAP.
  • Cada paciente cuenta con un médico responsable, Ver más:
    que coordina la totalidad de su proceso y la continuidad asistencial del tratamiento. El servicio médico de FREMAP, valorará la realización de pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores e intervenciones quirúrgicas. Se procederá a su realización previa autorización del médico del Servicio Público de Salud y consentimiento informado del paciente. El médico, puede valorar la posibilidad de realizar otras consultas con especialistas médicos. Los resultados se pondrán a disposición del facultativo del Servicio Público de Salud que asista al trabajador.
  • Propuestas de Alta y/o Incapacidad: Ver más:
    La normativa faculta a los servicios médicos de las Mutuas para formular propuestas de alta y/o incapacidad permanente a la Inspección médica que simultáneamente son comunicadas al trabajador y al Instituto Nacional de la Seguridad Social para su conocimiento. Si el Servicio Público de Salud determinara que el paciente debe continuar en incapacidad temporal, FREMAP podrá formular ante el INSS una Iniciativa de alta cuando consideremos que el paciente puede no obstante reincorporarse.
  • Extinción por incomparecencia a reconocimiento médico: Ver más:
    Si se produce de manera injustificada. Se procederá a la suspensión cautelar de la prestación económica y se le dará un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la incomparecencia para que justifique su ausencia. Si el paciente justifica de forma fehaciente y acreditada, se levanta la suspensión cautelar y se reanuda el seguimiento médico. En los casos que el paciente no justifica suficientemente su incomparecencia, se procede a la extinción del derecho al subsidio.
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