La primera dificultad que se plantea a las empresas para gestionar el absentismo es precisamente, su definición dado que no existe una definición única.
Existen muchas definiciones de absentismo, de diferentes autores e instituciones. Todas son válidas, será la empresa la tendrá que definir el concepto de absentismo que posteriormente tendrá que analizar y cuantificar.
El absentismo se define como la ausencia de una persona a su puesto de trabajo, en horas que correspondan a un día laborable, dentro de la jornada legal de trabajo.
Otras definiciones de Absentismo:
OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económico) indica que las ausencias al trabajo por algún motivo justificado o injustificado, es un fenómeno normal y universal, estando la dificultad en poder distinguir lo justificado de lo no justificado y aquí aparecen las dos denominaciones, ausencia y absentismo, donde la diferencia radica en esta distinción.
- Así M. V. Martínez Quintana analiza estas diferencias y resume las ausencias como las no presencias "de derecho", protegidas por la ley y los convenios y el absentismo como las no presencias de "no derecho" no protegidas ni por ley ni por los convenios de empresa.
- J. Ignacio Orbegozo ofrece otra definición que es muy utilizada: "La ausencia de una persona a su puesto de trabajo en horas que corresponden a un día laborable, con independencia de su justificación, dentro de la jornada legal de trabajo, medida por la diferencia en porcentaje entre el número total de horas de trabajo pactadas en un período dado y el número de horas de presencia de todo el personal en sus puestos de trabajo".
Fuente: Gestión del Absentismo Laboral. Editorial FREMAP 2008.